Doble inmatriculación

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El TS fija doctrina para la protección del tercero adquirente de buena fe en los supuestos de doble inmatriculación de una misma finca

La diligencia exigible por el tercero adquirente, a efectos del artículo 34 LH, no puede plantearse en abstracto respecto del examen de cualquier defecto, vicio o indicio que pudiera afectar a la validez y eficacia del negocio dispositivo realizado, sino que debe valorarse, necesariamente, en el marco concreto de la impugnación efectuada por el titular extraregistral del bien.

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